Sección A del PERTE VEC

julio 3, 2023by Elena Mindan0

Con el propósito de fomentar la transición hacia una economía de cero emisiones netas, la sección A del PERTE VEC asigna una cantidad máxima de 837.000.000 euros en forma de subvención y préstamo, dirigidos específicamente a acelerar las inversiones en baterías de vehículo eléctrico.

Beneficiarios de la sección A del PERTE VEC

Las sociedades que podrán beneficiarse de este PERTE son aquellas con personalidad jurídica propia y que hayan llevado a cabo actividades industriales durante un mínimo de 2 años, con clasificación CNAE:

  • 24.45 Producción de aleaciones de litio y cobalto
  • 27.11 Fabricación de motores eléctricos (excepto motores de arranque para motores de combustión externa)
  • 27.20 Fabricación de baterías para vehículos eléctricos
  • 28.92 Fabricación de camiones todoterreno de caja basculante
  • 29 Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques
  • 30.91 Fabricación de motocicletas
  • 30.92 Fabricación de vehículos motorizados para discapacitados

Intensidad y cuantía de PERTE VEC para Baterías

El PERTE se rige por un sistema de concurrencia no competitiva y la intensidad de la ayuda variará según la ubicación geográfica. La ayuda total estará compuesta por una subvención y el importe nominal del préstamo.

Para proyectos de baterías destinadas al vehículo eléctrico, se establece una intensidad máxima del 15% sobre los costes subvencionables. Además, el importe máximo de ayuda por empresa será de 150.000.000 euros.

  • Para las Zonas A, se establece una intensidad máxima de ayuda del 35%. El importe total de la ayuda puede llegar hasta los 300.000.000 euros, siendo la subvención máxima de 200.000.000 euros.
  • En el caso de las Zonas C, se establece una intensidad máxima del 20% para la ayuda. El importe total de la ayuda puede alcanzar hasta 200.000.000 euros, de los cuales la subvención podrá llegar a un máximo de 180.000.000 euros.

La cuantía total es de 837M de euros, divididos 550M€ para subvención y 287M€ en forma de préstamo.

Líneas de actuación

Las acciones principales contempladas en esta sección son las siguientes:

  • Establecimiento de nuevas instalaciones industriales para iniciar una actividad productiva.
  • Ampliación de la capacidad de producción en centros ya existentes, incluyendo la incorporación de nuevas líneas de producción.
  • Reconversión de líneas de producción previamente existentes para fabricar productos que no se producían anteriormente.

Proyectos elegibles de PERTE VEC para Baterías

Dentro del marco del PERTE VEC para Baterías, se consideran proyectos elegibles los siguientes tipos:

  • Proyectos de producción de baterías diseñadas para vehículos eléctricos, con capacidad para fabricar celdas de baterías o paquetes de baterías listos para su comercialización.
  • Proyectos de producción de componentes esenciales utilizados principalmente en la fabricación de baterías, tales como ánodos, cátodos, separadores ánodo-cátodo, electrolitos, sistemas de gestión de baterías (BMS) y cajas de baterías.
  • Proyectos de producción de materias primas fundamentales necesarias para la fabricación de baterías.

Gastos financiables

Dentro de la sección A, los gastos elegibles para financiamiento son los siguientes:

  • Obras civiles: Inversiones en infraestructuras y canalizaciones, excluyendo el costo de los terrenos.
  • Edificación e instalaciones:
    • Inversiones en la adquisición, construcción o ampliación de naves industriales.
    • Instalación de equipos no relacionados con el proceso productivo.
    • Inversiones en líneas de generación de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables, destinadas al autoconsumo de los productores.
  • Aparatos y equipos de producción: Comprende la adquisición de activos fijos tangibles relacionados con la producción, excluyendo los costos de transporte externo. Estos costos deben representar al menos el 40% del presupuesto total.
  • Activos intangibles: Incluye patentes, licencias, conocimientos técnicos y cualquier propiedad industria

Plazo de solicitud de esta convocatoria

El plazo de solicitud PERTE VEC para Baterías finaliza el 15 de septiembre.

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Con el propósito de fomentar la transición hacia una economía de cero emisiones netas, la sección A del PERTE VEC asigna una cantidad máxima de 837.000.000 euros en forma de subvención y préstamo, dirigidos específicamente a acelerar las inversiones en baterías de vehículo eléctrico.

Beneficiarios de la sección A del PERTE VEC

Las sociedades que podrán beneficiarse de este PERTE son aquellas con personalidad jurídica propia y que hayan llevado a cabo actividades industriales durante un mínimo de 2 años, con clasificación CNAE:

Intensidad y cuantía de PERTE VEC para Baterías

El PERTE se rige por un sistema de concurrencia no competitiva y la intensidad de la ayuda variará según la ubicación geográfica. La ayuda total estará compuesta por una subvención y el importe nominal del préstamo.

Para proyectos de baterías destinadas al vehículo eléctrico, se establece una intensidad máxima del 15% sobre los costes subvencionables. Además, el importe máximo de ayuda por empresa será de 150.000.000 euros.

La cuantía total es de 837M de euros, divididos 550M€ para subvención y 287M€ en forma de préstamo.

Líneas de actuación

Las acciones principales contempladas en esta sección son las siguientes:

Proyectos elegibles de PERTE VEC para Baterías

Dentro del marco del PERTE VEC para Baterías, se consideran proyectos elegibles los siguientes tipos:

Gastos financiables

Dentro de la sección A, los gastos elegibles para financiamiento son los siguientes:

Plazo de solicitud de esta convocatoria

El plazo de solicitud PERTE VEC para Baterías finaliza el 15 de septiembre.